viernes, 3 de abril de 2026

ASTILLERO Reglamento de Sanidad de Astillero año 1926

 




El Boletín Oficial de la Provincia de Santander, con fecha 25 de febrero de 1925, público el Reglamento de Sanidad municipal (capitulo 1º) de las obligaciones comunes a todos los municipios y disposiciones generales.

El AYUNTAMIENTO DE ASTILLERO estaba obligado a cumplir todas las disposiciones dictadas en el Reglamento.

 

En las fechas de febrero de 1925, la "Gaceta" había publicado, el Reglamento de Sanidad municipal, que si bien sus disposiciones interesaba conocerlas principalmente a los Ayuntamientos, que serian los encargados de hacerlas cumplir, también interesaba el conocimiento de algunas de ellas a los que tenían obligación de cumplirlas. Y esta obligaciones de cumplirlas había de nacer, no solo por imposición del precepto legal que lo ordenaba y de la sanción que impondrían las autoridades  a los infractores, sino principalmente del propio convencimiento de la conveniencia y de la necesidad de cumplir esas disposiciones, en interés de la conservación de la propia salud y de la salud pública.

Imponían el Reglamento a los Ayuntamientos, como obligación primordial, la de proveer a las poblaciones de agua potable por su composición química y su pureza bacteriológica y en cantidad suficiente para las necesidades de la vida, y fijar la cantidad de agua potable en 150 litros por persona y día, y dictar reglas para que en la captación, conducción y distribución de las aguas destinadas al consumo público, se atendiese como primera condición a evitar a toda costa su contaminación, prohibiendo terminantemente y encargando especialmente a los Ayuntamientos de cumplir esa obligación.

 

Actualmente existe un Reglamento que se basa en la Ley 7/2002 del 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria.

El reglamento delegan a competencias locales en salud pública, control de aguas, seguridad alimentaria y condiciones higiénicas, para todos los Ayuntamientos.

  














(del Archivo Biblioteca Municipal de Santander)