casa solariega en el antiguo Guarnizo
El pueblo de Guarnizo de siempre
ha tenido vocación ganadera y con
importantes ganaderos, su gente han vivido de la explotación de agricultura y
más en concreto de la ganadería.
Por esos y como muchos pueblos de
la provincia Santander (hoy Cantabria) han existido las ferias que se venían celebrándose
en las fiestas patronales de cada
pueblo, en Guarnizo especialmente la de San Pedro.
En las fechas de 1830 y 1835,
Guarnizo era una población pequeña sin otra riqueza que la que producía la cría
de ganado, además de los conocidos Real Astillero de Guarnizo.
En la feria de Guarnizo, se
trataba "maíz y granos finos, en linos, cáñamos, frutas y en ganado vacuno
y de cerda". También en la feria, pero con carácter secundario, se trataba
el "salmón escabechado"
Se le concedió al lugar de
Guarnizo la facultad que había solicitado para que podría celebrar dos ferias
en los días 17, 18 y 19 de los meses de Junio y Octubre, de cada año, en las
llanuras inmediatas al mesón principal de dicho lugar.
Se hacía referencia que tanto las
ferias de junio y octubre tendrían lugar en la Venta Mayor del pueblo, para la
venta de ganados de toda especie y otros artículos.
De que dichas ferias había de ser
administrada en sus dos primeros años por cuenta de la Real Hacienda, según
estaba prevenido por punto general, para ello, mandarían al señor Intendente de
la Provincia de Santander, y demás Jueces y Justicias, Ministros y personas á
quienes en cualquiera manera correspondería la observación y cumplimiento de lo
contenido en la Real Orden.
Con esa Real resolución se impedía
la celebración de la feria que por el día de San Antonio, venia celebrando la
localidad de Renedo.
En el año 1831, el concejo y
vecinos del lugar de Renedo solicitaron al Consejo de Castilla les concedieran
facultad para celebrar las ferias los días 13, 14 y 15 de junio de cada año,
gracia que obtuvieron.
Ello produjo un conflicto entre
los pueblos de Renedo y Guarnizo en relación con los días en que deberían
celebrar su ferias. S.M. la Reina Gobernadora resolvió en el sentido de que
ambas poblaciones usaran de su derechos en los términos precisos en los que les
habían sido concedido la Real facultad de celebrar las ferias. En el caso de
Renedo manifestó que el rey don Felipe V, el día 29 de noviembre de 1725 les habían
concedido permiso para celebrar la feria el día 13 de junio únicamente.
Asimismo, que otro rey, don Fernando VII, había dispensado su gracia, en el año
1829, a Guarnizo para celebrarlo los días 17, 18 y 19 de junio. Autorizando a
los vecinos de Renedo a renunciar a su derecho de celebrar feria de un solo día
el 13 de junio y trasladar a los días 26, 27 y 28 de julio, gracia que ha habían
obtenido del referido monarca don Fernando VII, en fecha 30 de diciembre de
1831.
Como se seguía existiendo el
conflicto entre las ferias de Renedo y Guarnizo, por la proximidad de las
fechas. Sin embargo, la Reina Gobernadora, por Real orden del día 13 de julio había
resuelto que el pueblo de Guarnizo celebrase su feria en los días 17, 18 y 19
de junio de cada año, y el pueblo de Renedo lo hiciese el día 13 del mismo mes,
dejando a su elección la celebración de feria los días 26, 27 y 28 de julio.
Por lo tanto, esa Real orden era anterior y de más autoridad que el Articulo de
oficio del 18 de agosto de 1834.
No obstante no parecía que se
resolviera el problema, pues la Reina Gobernadora tuvo que dictar otra Real
Orden el día 19 de octubre de 1835, ratificando la suya anterior mencionada,
del 13 de julio de 1834. La Exma Diputación daba un dictamen, conforme con el
cual la Reina Gobernadora dictaba otra Real Orden el día 25 de enero de 1838,
ratificando las fechas citadas.
El día 30 de mayo de 1840,
comunicaba el Ministerio de Marina, Comercio y Gobernación de Ultramar la Real
Orden en la que concedía al pueblo de Renedo la facultad de celebrar la feria
de San Antonio los días 13, 14 y 15 de junio de ese año, sin perjuicio de la
resolución final, que recaiga en el expediente que se estaba instruyendo sobre
el particular.
Ante la publicación de la
precedente Real Orden, reaccionaba Guarnizo publicando un aviso en el que
recordaba las resoluciones definitivas dictadas por S.M. la Reina Gobernadora
los días 13 de julio de 1834, 19 de octubre de 1835 y 25 de enero de 1838, por
las que se sirvió confirmar la gracia concedida a dicho pueblo por su augusto
esposo don Fernando VII, para celebrar feria de ferias de ganados los días 17,
18 y 19 de junio.
En 1841, el pueblo de Guarnizo
anunciaba su feria para "noticia de los tratantes y traficantes que gusten
concurrir", que tendría lugar en los días 15, 16, 17, 18 y 19 de junio, en
lugar de los tres últimos en que lo había verificado hasta ahora.
Por 1842, se seguía con la puJa
entre los dos pueblos, que anunciaban sus respectivas ferias en las fechas señaladas. Guarnizo con los días 15, 16, 17,18 y 19 de junio.
Así se mantuvo esas ferias, en
ambos pueblos.
No he podido averiguar en qué
lugar se celebraban esas ferias, sin lo indican como en una llanura cercana del
mesón principal. (este podría ser Mesón de la Venta, un mesón que data de
cuando los Reales Astilleros de Guarnizo y lugar de espaciamiento de
almirantes, oficiales y marinos).
Como tampoco, cuando se dejó de
hacer esas ferias.
El "Mesón de la Venta"
estaba situado en donde hace poco tiempo, era otro mesón "Mesón de la
Ventilla" en la calle hoy, Tomás Solano.
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