viernes, 30 de agosto de 2019

FERIA DE GANADO en Guarnizo (1830-1842)





casa solariega en el antiguo Guarnizo

















El pueblo de Guarnizo de siempre ha tenido vocación ganadera y  con importantes ganaderos, su gente han vivido de la explotación de agricultura y más en concreto de la ganadería.

Por esos y como muchos pueblos de la provincia Santander (hoy Cantabria) han existido las ferias que se venían celebrándose en  las fiestas patronales de cada pueblo, en Guarnizo especialmente la de San Pedro.

En las fechas de 1830 y 1835, Guarnizo era una población pequeña sin otra riqueza que la que producía la cría de ganado, además de los conocidos Real Astillero de Guarnizo.

En la feria de Guarnizo, se trataba "maíz y granos finos, en linos, cáñamos, frutas y en ganado vacuno y de cerda". También en la feria, pero con carácter secundario, se trataba el "salmón escabechado"

Se le concedió al lugar de Guarnizo la facultad que había solicitado para que podría celebrar dos ferias en los días 17, 18 y 19 de los meses de Junio y Octubre, de cada año, en las llanuras inmediatas al mesón principal de dicho lugar.

Se hacía referencia que tanto las ferias de junio y octubre tendrían lugar en la Venta Mayor del pueblo, para la venta de ganados de toda especie y otros artículos.

De que dichas ferias había de ser administrada en sus dos primeros años por cuenta de la Real Hacienda, según estaba prevenido por punto general, para ello, mandarían al señor Intendente de la Provincia de Santander, y demás Jueces y Justicias, Ministros y personas á quienes en cualquiera manera correspondería la observación y cumplimiento de lo contenido en la Real Orden.

Con esa Real resolución se impedía la celebración de la feria que por el día de San Antonio, venia celebrando la localidad de Renedo.

En el año 1831, el concejo y vecinos del lugar de Renedo solicitaron al Consejo de Castilla les concedieran facultad para celebrar las ferias los días 13, 14 y 15 de junio de cada año, gracia que obtuvieron.

Ello produjo un conflicto entre los pueblos de Renedo y Guarnizo en relación con los días en que deberían celebrar su ferias. S.M. la Reina Gobernadora resolvió en el sentido de que ambas poblaciones usaran de su derechos en los términos precisos en los que les habían sido concedido la Real facultad de celebrar las ferias. En el caso de Renedo manifestó que el rey don Felipe V, el día 29 de noviembre de 1725 les habían concedido permiso para celebrar la feria el día 13 de junio únicamente. Asimismo, que otro rey, don Fernando VII, había dispensado su gracia, en el año 1829, a Guarnizo para celebrarlo los días 17, 18 y 19 de junio. Autorizando a los vecinos de Renedo a renunciar a su derecho de celebrar feria de un solo día el 13 de junio y trasladar a los días 26, 27 y 28 de julio, gracia que ha habían obtenido del referido monarca don Fernando VII, en fecha 30 de diciembre de 1831.

Como se seguía existiendo el conflicto entre las ferias de Renedo y Guarnizo, por la proximidad de las fechas. Sin embargo, la Reina Gobernadora, por Real orden del día 13 de julio había resuelto que el pueblo de Guarnizo celebrase su feria en los días 17, 18 y 19 de junio de cada año, y el pueblo de Renedo lo hiciese el día 13 del mismo mes, dejando a su elección la celebración de feria los días 26, 27 y 28 de julio. Por lo tanto, esa Real orden era anterior y de más autoridad que el Articulo de oficio del 18 de agosto de 1834.

No obstante no parecía que se resolviera el problema, pues la Reina Gobernadora tuvo que dictar otra Real Orden el día 19 de octubre de 1835, ratificando la suya anterior mencionada, del 13 de julio de 1834. La Exma Diputación daba un dictamen, conforme con el cual la Reina Gobernadora dictaba otra Real Orden el día 25 de enero de 1838, ratificando las fechas citadas.

El día 30 de mayo de 1840, comunicaba el Ministerio de Marina, Comercio y Gobernación de Ultramar la Real Orden en la que concedía al pueblo de Renedo la facultad de celebrar la feria de San Antonio los días 13, 14 y 15 de junio de ese año, sin perjuicio de la resolución final, que recaiga en el expediente que se estaba instruyendo sobre el particular.

Ante la publicación de la precedente Real Orden, reaccionaba Guarnizo publicando un aviso en el que recordaba las resoluciones definitivas dictadas por S.M. la Reina Gobernadora los días 13 de julio de 1834, 19 de octubre de 1835 y 25 de enero de 1838, por las que se sirvió confirmar la gracia concedida a dicho pueblo por su augusto esposo don Fernando VII, para celebrar feria de ferias de ganados los días 17, 18 y 19 de junio.

En 1841, el pueblo de Guarnizo anunciaba su feria para "noticia de los tratantes y traficantes que gusten concurrir", que tendría lugar en los días 15, 16, 17, 18 y 19 de junio, en lugar de los tres últimos en que lo había verificado hasta ahora.

Por 1842, se seguía con la puJa entre los dos pueblos, que anunciaban sus respectivas ferias en las fechas señaladas. Guarnizo con los días 15, 16, 17,18 y 19 de junio.

Así se mantuvo esas ferias, en ambos pueblos.


No he podido averiguar en qué lugar se celebraban esas ferias, sin lo indican como en una llanura cercana del mesón principal. (este podría ser Mesón de la Venta, un mesón que data de cuando los Reales Astilleros de Guarnizo y lugar de espaciamiento de almirantes, oficiales y marinos).
Como tampoco, cuando se dejó de hacer esas ferias.
El "Mesón de la Venta" estaba situado en donde hace poco tiempo, era otro mesón "Mesón de la Ventilla" en la calle hoy, Tomás Solano.










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