viernes, 31 de marzo de 2023

JOAQUIN TIJERO AJA, fundador de las escuelas de Guarnizo.

 





La enseñanza en Guarnizo data de 1830, en época del Real Astillero de Guarnizo, ya existía un maestro, quien lo venia pagado El Astillero hasta que el Estado se hizo cargo del abono de sus haberes, ya entrado en el siglo XIX.

 

Don Joaquin Tijero Aja, residía en Santander, en el muelle 28 y estaba vinculado al pueblo de Guarnizo.

En él se declaraba católico y creyente, sin descendientes, ni ascendientes directos y manifestándose el deseo de crear una escuela en el pueblo de Guarnizo, concretamente en el barrio conocido como "Rico" y lo que seria las escuelas antiguas de Los Mozos.

 

Don Joaquin Tijero, soltero, hijo de don José y doña Ramona, otorgó testamento el 13 de abril de 1874, ante el notario don Jenaro Serra.

En él, destinaba la suma de doscientas cuarenta mil reales de vellón, los cuales se impondrían por sus albaceas de una manera segura, para pagar los sueldos de la maestra y del maestro; añadiendo en otra cláusula que declaraba como sus herederos a sus parientes dentro del cuarto grado, del remanente del caudal hereditario.

Que con el fin de atender al cumplimiento de alguna de las obligaciones impuestas por el testador, los albaceas adquirieron por escritura una casa sita en Santander y su calle Velasco, con el número nueve, y en cuya escritura de compra se hizo constar que se verificaba tal adquisición para los herederos del señor Tijero y para asegurar con sus rentas el pago de las pensiones creadas por el finado.

 

La escritura fundacional se firmó en la fecha del 23 de abril de 1875.

 

En esas fechas su capital de 240.000 reales de vellón serían invertidas convenientemente para cubrir los sueldos del maestro y de la maestra.

La escuela inicial fue construida por los albaceas del finado y constaba de planta baja y dos pisos altos.

Para el mantenimiento del edificio, la dotación de los maestros y otras necesidades que se presentasen, destinó un capital de 85.000 pesetas.

Los gastos del maestro ascendían a 5.500 reales anuales y la de la maestra a 4.500 reales anuales.

 

Se fundó un Patronato, nombrándose los tres relacionantes testamentarios, don Manuel Abascal Pérez, don Francisco Somavilla Barros y don Ramón Trueba.

Se firmó la donación con las condiciones de que la escuela seria gratuita para los vecinos y los habituales residentes, hijos y familia del pueblo de Guarnizo, pudiendo admitirse a otros niños con retribución, siempre que no se perjudicase al buen gobierno e instrucción de los agraciados por la fundación.

Las horas de enseñanza y las vacaciones deberían ser las reglamentarias, pero con las modificaciones que se reservasen hacer los patronos, porque como pueblos rurales que se dedicaban al cultivo y a la ganadería, no podía guardarse uniformidad en las horas de enseñanza durante las distintas estaciones del año.

Los maestros cuidarían de que en la escuela se recibiera la instrucción y educación religiosa de buena doctrina, sin permitir que bajo ningún pretexto se les enseñara otra que la que corresponde a la que profesa la religión católica, apostólica y romana. Todos los días por la tarde se rezará un padrenuestro a San José, la letanía y la salve a la Virgen y un credo al Espíritu Santo. En la tarde de cada sábado se rezará el rosario a la Santísima Virgen, aplicando estas oraciones por las almas del Purgatorio en general y en particular, por la del fundador.

Mientras vivieran los patronos relacionados en la escritura podrían nombrar al maestro sin concurso ni oposición, y debería observar buena conducta moral y religiosa. Al fallecer éstos se proveería la plaza por oposición y de la lista, el Patronato elegiría el más conveniente. Los patronos deberían cuidar de la conservación del edificio y de la administración del capital destinado para dotación de la fundación. Del mismo modo, cuidarían de que los maestros impartieran la instrucción conveniente, principalmente en la doctrina cristina y la buena moral.

Los maestros que hubieran cumplido sesenta años y llevasen veinte años de servicio en la escuela a satisfacción del patrono, tendrían derecho a una pensión de dos reales diarios, que se sacaría de la pensión del maestro. La casa escuela y el capital quedarían siempre íntegros con destino a las escuelas. Si el capital aminorase y no diera para las dos escuelas, sería preferida la de niños. Si por ley orden o disposición del gobierno o de alguna otra autoridad, se hiciesen cargo de este capital y del edificio-escuela, de modo que no pudiera cumplir el objeto para el que se destinaba, o por cualquier otra causa hubiera cesado el cumplimiento de esa fundación, tanto el edificio como el capital volvería a la familia del fundador.

 

Por noviembre de 1904, el Patronato de la Obra Pía fundada en Guarnizo por el finado don Joaquin Tijero Aja, fue remitido al Gobierno Civil una certificación de los bienes y valores que constituía el capital de dicha fundación.

Fue clasificada como Fundación Benéfico-Docente por R.O. de 5 de junio de 1905. La fundación tuvo actividad docente durante bastantes años.


El 9 de julio de 1928 se aprobó un expediente de transmutación de fines, destinándose las rentas a premios, a ropas y a reparación de las escuelas. El edificio se conservaba en estado aceptable, aunque no cumplía un fin similar para lo que fue creado, ni conservaba ningún recordatorio del donante.

(Tesis doctoral de Carmen del Rio Diestro - Departamento de Historia Moderna y Contemporánea Universidad de Cantabria 2010)

 

En el B.O. de la Provincia de Santander, con fecha 19 de marzo de 1924, se seguía diligencias de juicio universal de adjudicación de bienes a los que están llamados varias personas, sin designación de nombres, por fallecimiento de don Joaquin Tijero Aja, nacido en Guarnizo, quien otorgó testamento ante el notario público, que fue de la ciudad, don Jenaro Sierra, en trece de abril de mil ochocientos setenta y cuatro, en cuyas cláusulas testamentarias, además de establecer varias mandas y legados a sus parientes en estado de solero y no vivir sus ascendientes, fundar un en el barrio de Rico, del lugar de Guarnizo, una escuela para niños y otra para niñas destinando a tal fin la suma de doscientos cuarenta mil reales de vellón, los cuales se impondrían por sus albaceas de una manera segura, para pagar los sueldos de maestra y maestro; añadiendo en otra cláusula que declaraba como sus herederos a sus parientes dentro del cuarto grado, del remanente del caudal hereditario.

Que con el fin de atender el cumplimiento de algunas de las obligaciones impuestas por el testador, los albaceas adquirieron por escritura una casa sita en esa población de Guarnizo y su calle Velasco, con el número nueve de población y en cuya escritura de compra se hizo constar que se verificaba tal adquisición para los herederos del señor Tijero Aja y para asegurar con sus rentas el pago de las pensiones creadas por el finado; y creyéndose con derecho don Joaquin Somavilla Tijero, mayor de edad, viudo y vecino de Guarnizo, al remanente de los bienes dejados al fallecimiento del precitado causante, y por tanto, le correspondería la expresada casa, con la obligación de responder de la carga existente sobre ella, para el sostenimiento de las escuelas mencionadas y con facultad de disponer de ella libremente, aduciendo ser sobrino, del causante, cuyo parentesco a tal fin invoca; llamándose a los que se crean con igual o mejor derecho que el reclamante, para que comparezcan a deducirlo dentro del término de dos meses, con los documentos que justifiquen su personalidad.

Haciendo constar que el presente edicto es el segundo llamamiento por el precitado término, y que ha comparecido al primer llamamiento, doña Luisa Torre Tolnado, con licencia marital para ello, y en su nombre el procurador don Isidoro Báscones, alegando dicha concurrente ser nieta de don Juan Luis Tolando Tijero, pariente del fundador, don Joaquin Tijero Aja, aludido en cuarto grado, habiendo acompañado los documentos justificativos de sus derechos, y la que acude en derecho de representación de su abuelo materno.

 

En marzo de 1935, la Junta administrativa del pueblo de Guarnizo, adoptaron el acuerdo de honrar la memoria del hijo predilecto del pueblo y benefactor del mismo, a Joaquin Tijero Aja, abriendo una suscripción para costear y colocar una lápida que perpetué la memoria en las escuelas que generosamente donó y que carencia de esas fechas de ella.

 

En sesión ordinaria del Ayuntamiento de Astillero, de fecha 8 de marzo de 1947, se ponía a disposición del patronato de las escuelas de Guarnizo, Fundación de don Joaquin Tijero, la cantidad de 7.500 pesetas, para reparación del edificio escolar.

 

La fundación dio finalizado su actividad docente en el año 1982, cuando se inauguró el Colegio Ramón y Cajal y el edificio, es ocupado hoy por la Aula de Cultura de Los Mozos

 

 

Los primeros maestros que tuvieron inicialmente la escuela del Patronato, fueron don Remigio Sainz y su esposa doña Josefa Trevilla.

Don Remigio Sainz Torre, falleció en Caviedes, en la fecha 21 marzo 1909 (sin confirmar la fecha)

Estos maestros, se les recuerda y por ello se les dedico una calle "Sainz y Trevilla"

 

Algunos de los primeros maestros que ejercieron en Guarnizo:

Telesfora Conchado (9-4-1886)            
Rufina Trevilla y Ortiz (jubilada en 1894)
Socorro Saiz (1894)
Soledad Saiz (1895)
Maria Pinilla y Haza (1904)
Leoncio Suarez (1908)
Consuelo Rico (1908)
 











 

 


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